El Crédito Consumo-Vivienda es el que utiliza el asociado para compra, construcción, ampliación y mejoras de vivienda, financiación de cuotas iniciales en la adquisición de vivienda, compra de terrenos destinados a la construcción de vivienda, cancelación de gravámenes hipotecarios que garanticen créditos de vivienda y costos notariales, registrales o de rentas departamentales. En todos los casos, el asociado debe figurar como titular del inmueble con un derecho no inferior al 20%.
Tope máximo: Hasta 50 salario mínimos mensuales legales vigentes.
Plazo: Diez (10) años.
Garantías:
* Hipoteca abierta de primer grado a favor de FEDUSAB, sobre la totalidad del inmueble.
*
Pignoración de cesantías.
* Pagaré otorgado por el deudor asociado, los demás hipotecantes y un codeudor solidario.
Requisitos:
- Diligenciar solicitud de crédito en el formato establecido por FEDUSAB.
- Anexar original de certificado laboral, fotocopia de cédula y últimas tres colillas de pago tanto del deudor asociado como del codeudor solidario.
- Tener mínimo el 10% del valor del crédito solicitado en: cesantías, ahorro programado vivienda (PAV) y/o ahorro familiar.
- Los demás que el Comité de crédito establezca de acuerdo con los siguientes casos:
Compra de Vivienda
Construcción de Lote Propio
Mejoras o reparaciones locativas en vivienda propia
Financiación de cuotas iniciales y cancelación de gravámenes hipotecarios
Aprobación: Comité de Crédito